En este programa se incluyen aquellas acciones formativas destinadas a formar al personal empleado público en materia de promoción de la igualdad de género, cumpliendo así especialmente con el mandato legal establecido en el art. 19.3 de la Ley 7/2007, de 4 de abril (BORM nº 91, de 21 de abril de 2007) para la Igualdad entre mujeres y hombres y de protección contra la violencia de género en la Región de Murcia, sin olvidar las medidas contempladas en el Pacto Regional contra la violencia de género, suscrito el 15 de febrero de 2018, y para dar cumplimiento a las medidas de formación contempladas en el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración Pública de la Región de Murcia.
El contenido se incluye en el E.T.6 "Gestión humana y responsabilidad social" que forma parte de la Estrategia para la transformación de la función pública regional, concretamente el ET 6.1 "Igualdad y conciliación", teniendo en cuenta al gran movimiento social en favor dela igualdad, que ha supuesto una mayor concienciación de la ciudadanía en la comprensión del fenómeno de la desigualdad entre mujeres y hombres.
Personal destinatario: Podrá ser destinatario de este programa todo el personal de las administraciones públicas que desempeña su actividad en la Región de Murcia, es decir, el personal integrante de la Función Pública Regional, incluido el personal docente de la Consejería competente en materia de Educación y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud; el personal que presta servicios en la Asamblea Regional de Murcia; el personal de los ayuntamientos de la Región de Murcia; el personal de la Administración General del Estado con destino en la Región de Murcia y el personal de las universidades públicas de la Región de Murcia, siempre y cuando así se indique en la ficha técnica de las acciones formativas convocadas.
Para participar en alguna de las acciones formativas convocadas, se deberá cumplimentar el formulario "Solicitud de Acciones"
Plazo de presentación de solicitudes: del 10 al 25 de enero de 2023
Se podrá solicitar, a través de una solicitud única, hasta 2 acciones formativas y podrá ser seleccionado/a en un máximo de una acción formativa.
Criterios de selección del alumnado:
La selección del alumnado se realizará teniendo en cuenta el personal destinatario indicado en la ficha descriptiva de cada acción formativa, así como los criterios de selección y/o priorización establecidos con carácter general en el dispongo 5º de la Orden de Economía, Hacienda y Administración Digital, por la que se aprueba el Plan Bienal de Formación 2022-2023.
Con antelación suficiente al inicio de cada acción formativa, será publicada la Resolución de personal admitido, suplente y excluido, en la web de esta Escuela, espacio "Selección de alumnado" remitiendo al personal admitido la correspondiente comunicación de admisión vía correo electrónico, indicándole plazo de respuesta para confirmar su asistencia o comunicar su renuncia justificada de modo electrónico utilizando el espacio web "Mi Expediente" (se requiere para ello disponer del correspondiente certificado electrónico, tal como establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
En caso de no responder en el plazo indicado, perderá el derecho a la plaza, siendo ocupada por la primera persona que se encuentre en la lista de suplentes publicada.
Si tienes alguna duda, puedes consultar la sección "Preguntas frecuentes".